La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó un amparo al productor de televisión Luis de Llano Macedo.
Lo anterior, por una denuncia en su contra de abuso sexual impuesta por la cantante y actriz Sasha Sokol.
De acuerdo con la víctima, sostuvo una relación que implicó actividades sexuales cuando ella tenía 14 años y él, 39.
La Primera Sala de la Corte determinó que no hay plazo de prescripción para que las personas que hayan sido víctimas de abuso sexual puedan accionar legalmente en contra de sus agresores.
“Cualquier medida prescriptiva lesionaría el derecho de acceso a la justicia de las víctimas, lo que además se traduciría en la falta de obtener una compensación por el daño sufrido”, señala un documento presentado por el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.
Dicho documento fue avalado este miércoles 25 de junio por unanimidad de votos.
En septiembre de 2023, la instancia local dio la razón a Sasha Sokol y sentenció a De Llano a una indemnización por responsabilidad civil y a una disculpa pública.
Lo anterior, como reparación del daño moral, luego de que el productor emitiera una serie de comentarios sobre esa relación, en una entrevista difundida en YouTube.
De Llano argumentó que Sokol ya no tenía derecho a denunciar pues dicha relación había ocurrido hace más de 35 años y cualquier delito habría prescrito.