TEPJF da reversa a decreto de propaganda por revocación de mandato

La Sala Superior del TEPJF declaró inaplicable el Decreto de interpretación auténtica del concepto de “propaganda gubernamental”, dentro del procedimiento de revocación de mandato.

El decreto fue publicado el 17 de marzo pasado en el Diario Oficial de la Federación.

La Sala Superior revisó la acción en una sesión privada y por mayoría de votos.

El Tribunal confirmó las medidas cautelares dictadas por el Instituto Nacional Electoral (INE), que ordenó a la gobernadora de Campeche, Layda Sansores, y al partido Morena eliminar de sus redes sociales una publicación en apoyo al presidente.

Las y los magistrados estimaron que dicha publicación es propaganda gubernamental difundida en periodo prohibido.

El 13 de febrero, el partido Movimiento Ciudadano (MC) presentó una denuncia contra la publicación del documento “Gobernadores y gobernadoras de la 4ta Transformación”, la cual se hizo a través de redes sociales de la gobernadora de Campeche y el partido Morena.

El INE, a través de la Comisión de Quejas y Denuncias, declaró que sí se trataba de propaganda gubernamental en periodo prohibido.

Por lo que, aplicó medidas cautelares y ordenó retirar las publicaciones denunciadas.

Morena impugnó la decisión alegando que no se trataba de propaganda gubernamental, sino un posicionamiento político.

A propuesta del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, la Sala Superior consideró que, dada la cercanía de la jornada electoral de votación de revocación de mandato y para dar certeza, era necesario analizar si el Decreto de interpretación era aplicable o no.

Por lo que, decidieron estudiar el caso y finalmente, los magistrados determinaron que el Decreto es inaplicable.

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